Nacionales

ANSES paga una ayuda a personas que quedaron sin trabajo: quiénes pueden cobrarla y cuánto dura

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene vigente la Prestación por Desempleo, un beneficio destinado a trabajadores registrados que perdieron su empleo por causas ajenas a su voluntad.

La asistencia busca brindar un ingreso durante el período en que la persona se encuentra desempleada y puede solicitarse, entre otros casos, ante un despido sin justa causa o la finalización de un contrato laboral. Para acceder, es necesario cumplir con determinados requisitos de aportes.

¿Cuántos meses se puede cobrar?

La duración depende de la cantidad de meses de aportes registrados antes de la desvinculación laboral.

Para trabajadores permanentes, el esquema vigente establece:

  • De 6 a 11 meses de aportes: 2 cuotas.
  • De 12 a 23 meses: 4 cuotas.
  • De 24 a 35 meses: 8 cuotas.
  • 36 meses o más: 12 cuotas.

El monto se calcula tomando como referencia el 75% de la mejor remuneración neta mensual, normal y habitual de los últimos seis meses trabajados, dentro de los límites establecidos por ANSES.

Beneficio adicional para mayores de 45 años

Las personas de 45 años o más que sean titulares de la Prestación por Desempleo pueden acceder a una extensión automática de seis meses una vez finalizado el período original. Durante esa extensión, el monto corresponde al 70% del valor de la primera cuota.

¿Qué requisitos deben cumplir?

En el caso de los trabajadores permanentes, se requiere contar con al menos seis meses de aportes dentro de los tres años anteriores al despido o a la finalización del contrato.

Para trabajadores eventuales y de temporada existen condiciones específicas vinculadas con el tiempo trabajado y los aportes realizados.

La prestación no está destinada a quienes dejaron voluntariamente su empleo, finalizaron la relación laboral de común acuerdo o accedieron a un retiro voluntario, entre otras situaciones contempladas por la normativa.

El trámite es gratuito y puede gestionarse a través de los canales habilitados por ANSES.

Artículos Relacionados

Volver al botón superior