El Ejecutivo enviará al Congreso el Presupuesto 2027 en medio de duras negociaciones con los gobernadores
El ministro de Economía defenderá en la Cámara de Diputados las proyecciones del ejercicio fiscal del próximo año, enfocado en el equilibrio fiscal estricto y en el ajuste de partidas para las provincias.

El Gobierno nacional formalizará esta semana el envío al Congreso de la Nación del proyecto de Presupuesto 2027, la ley de leyes que establecerá la pauta de gastos, recursos e inflación prevista para el próximo ejercicio financiero. La presentación se desarrollará en el marco de una serie de tirantes conversaciones entabladas por el equipo económico con los gobernadores provinciales por los giros de fondos y las obras públicas congeladas.
El titular del Palacio de Hacienda asistirá a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados para exponer los pilares centrales del cálculo de recursos, marcando el inicio formal de la ronda de consultas parlamentarias.
Los ejes centrales de la pauta presupuestaria
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Déficit cero innegociable: La pauta oficial ratifica la premisa del equilibrio fiscal estricto en las cuentas públicas, condicionando las erogaciones estatales a la recaudación efectiva para evitar la emisión monetaria o la toma de endeudamiento para gasto corriente.
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Proyecciones macroeconómicas: El proyecto contempla una estimación a la baja de la inflación acumulada para 2027, un repunte en el nivel de actividad del Producto Bruto Interno (PBI) y una meta de cotización cambiaria alineada con el esquema del Banco Central.
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Reparto de fondos y reclamo provincial: Los gobernadores —tanto aliados como de la oposición— presionan por la restitución de asignaciones específicas, deudas de cajas previsionales y la reanudación de obras de infraestructura clave paralizadas en los distritos.
La negociación en el recinto parlamentario
La estrategia oficialista requerirá tejer acuerdos con los bloques dialoguistas para asegurar el dictamen de mayoría y evitar modificaciones drásticas en el articulado original. Las provincias supeditan el acompañamiento de sus legisladores a la inclusión de garantías sobre la coparticipación y el flujo de recursos discrecionales hacia sus jurisdicciones.



