Revocan falta de mérito y excarcelación para acusado de violar a su hijastra
El tribunal anuló esa benévola resolución concedida por un juez inferior al imputado por ese grave delito.

La Cámara de Apelaciones resolvió anular una resolución de un juez inferior de la circunscripción Banda-Robles que había beneficiado con la falta de mérito y excarcelación a un sujeto acusado de violar a su hijastra adolescente. Esto implica que la causa continuará con el imputado detenido.
La fiscal Daniela Yslas, de la Unidad de Abuso Sexual Banda, presentó días atrás un recurso de apelación solicitando que se revocara la libertad y se dictara la prisión preventiva contra el hombre acusado de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la convivencia, en perjuicio de la menor.
El imputado fue liberado el pasado 24 de junio tras una resolución de falta de mérito dictada por un juez de Control y Garantías. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de apelación al considerar que la medida ocasionaba un gravamen irreparable para la víctima, quien había declarado en Cámara Gesell en el marco de un proceso de retractación, sin contar con apoyo materno y siendo el acusado su padrastro.
En la audiencia del 29 de septiembre, la sala integrada por las vocales Inés Zamora y Sandra Generoso resolvió por unanimidad hacer lugar al planteo fiscal y revocar la resolución de primera instancia, ordenando la prisión preventiva del imputado.
En sus fundamentos, el Tribunal señaló que en los casos de abuso sexual intrafamiliar, no sólo debe valorarse la Cámara Gesell como prueba principal, sino también el contexto integral de vulnerabilidad, las circunstancias de la develación y la situación de violencia física y dependencia económica que atraviesa la víctima. Asimismo, destacaron que las evidencias deben analizarse conforme a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y algunos casos precedentes que amplían la libertad probatoria en casos de violencia de género.
Además, subrayó la obligación de juzgar con perspectiva de género y con la debida diligencia reforzada, en cumplimiento de la Ley Micaela, al tratarse de una víctima niña y mujer, doblemente vulnerable.