Niñez y Seguridad: el atajo punitivo que no resuelve nada.
Pretender que el problema central son los adolescentes pobres no solo es incorrecto: desvía el foco de quienes concentran el poder criminal real.

Por Gabriel Coronel Chalfón
Cada cierto tiempo reaparece una consigna que promete soluciones simples frente a problemas complejos: bajar la edad de punibilidad para combatir la inseguridad. El argumento es directo y emocional. Si hay delitos y hay menores involucrados, entonces la respuesta sería encarcelarlos antes. Sin embargo, cuando se analizan los datos y el marco jurídico vigente, esa propuesta pierde sustento y revela más oportunismo (destrucción de empresas, desempleo, precarización laboral, etc. etc.) que eficacia.
En Argentina, solo el 0,45 % de los niños y adolescentes comete algún delito. Es decir, el 99,55 % no delinque. Además, dentro de ese porcentaje minoritario, la mayoría de los hechos corresponde a delitos contra la propiedad y no a crímenes violentos de alta complejidad. Construir una política criminal sobre una excepción estadística no es una estrategia de seguridad: es una reacción simbólica.
La verdadera inseguridad no se origina en la niñez vulnerable. Se estructura en redes de narcotráfico, trata de personas, tráfico ilegal de armas y economías delictivas que operan con recursos, logística y protección. Pretender que el problema central son los adolescentes pobres no solo es incorrecto: desvía el foco de quienes concentran el poder criminal real.
El debate también tiene una dimensión jurídica ineludible.
La Convención sobre los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional en nuestro país, define como niño a toda persona menor de 18 años y obliga a los Estados a establecer sistemas diferenciados para adolescentes en conflicto con la ley penal. Esto implica un régimen especializado, orientado a la protección integral y a la reintegración social, no su equiparación con el sistema penal de adultos.
El Comité de los Derechos del Niño ha sostenido que la fijación de edades mínimas de responsabilidad penal debe contribuir a reducir la judicialización y evitar respuestas meramente punitivas. La tendencia internacional no apunta a castigar más temprano, sino a intervenir mejor y antes, desde políticas sociales, educativas y comunitarias. Por tanto, la baja de la edad de punibilidad seria anti convencional e inconstitucional.
La evidencia criminológica es contundente: la cárcel desocializa, estigmatiza y refuerza identidades desviadas. Lejos de reinsertar, suele aumentar los niveles de reincidencia. El sistema penal es selectivo y recae con mayor intensidad sobre los sectores más vulnerables. Nadie atraviesa una institución penal sin consecuencias profundas; en adolescentes, esos efectos son aún más devastadores, porque impactan en una personalidad en formación. Casi siempre produce daños físicos pero siempre deja daños psíquicos.
Si el objetivo es reducir el delito, la discusión debería desplazarse hacia las causas estructurales: indigencia, pobreza, abandono escolar, consumo problemático, falta de oportunidades laborales, ausencia de políticas de cuidado y familias desintegradas y destruidas (el eje principal del problema). La seguridad no se construye ampliando el castigo, sino ampliando derechos y oportunidades.
La sociedad merece un debate serio. Bajar la edad de punibilidad puede sonar firme y decidido, pero no resolverá las raíces del problema. Más cárceles no equivalen a más seguridad. Más inclusión, educación y prevención, sí.
La pregunta no es cuán temprano podemos castigar. La pregunta es cuán temprano estamos dispuestos a intervenir para que el delito no ocurra.



