Economía y Finanzas

Ley Bases: qué beneficios tendrán las empresas que registren a sus trabajadores

En los próximos días saldrá la reglamentación del blanqueo laboral

Promover el empleo registrado es uno de los objetivos incluidos en la reforma laboral aprobada dentro de la Ley Bases, a fines de junio, una iniciativa que en los próximos días tendrá su reglamentación, en la que todavía el Gobierno nacional está trabajando.

La norma se refiere a la posibilidad de que, beneficios mediante, los empleadores que tengan trabajadores en negro puedan registrarlos y regularizar así la relación laboral, con un máximo hacia atrás de cinco años.

De acuerdo con lo que establece la norma sancionada, los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la ley, con los siguientes beneficios:

  • Extinción de la acción penal (Ley Penal Tributaria 27.430) y condonación de las multas, infracciones y sanciones correspondientes a la regularización.
  • Baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) -Ley 26.940), siempre y cuando se regularicen los trabajadores y se pague, de corresponder, la multa.
  • Condonación de la deuda por capital e intereses por falta de pago de aportes y contribuciones de los siguientes conceptos: Ley 24.241 (Sistema Integrado Previsional Argentino); Ley 19.032 (Instituto Nacional para Jubilados y Pensionados); Ley 23.661 (Régimen Nacional de Seguro de Salud); Ley 24.013 (Fondo Nacional de Empleo); Ley 24.714 (Régimen de Asignaciones Familiares); Ley 22.250 (Registro Nacional de la Industria de la Construcción).
  • De acuerdo con lo que dice la Ley, la reglamentación determinará los porcentajes de condonación, pero en ningún caso podrán ser inferiores al 70% de las sumas adeudadas.

Entre otros puntos, se establece que se podrán establecer incentivos para la cancelación de contado y beneficios especiales para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Según la norma sancionada, los trabajadores incluidos en la regularización prevista tendrán derecho a computar hasta 60 meses de servicios con aportes o la menor cantidad de meses, calculados sobre un monto mensual equivalente al salario mínimo vital y móvil, a fin de cumplir con los años de servicios requeridos por la ley 24.241 para la obtención de la prestación básica universal y para la prestación por desempleo de la ley 24.013.

 

Fuente: Infobae

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