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La municipalidad de Fernández advirtió que es territorio libre de pirotecnia de estruendo

En 2019 se aprobó una ordenanza que prohíbe la venta y el uso de ese tipo de fuegos artificiales. Se aplicarán multas y sanciones a los transgresores.

El municipio de Fernández, a través de la Dirección de Bromatología y Saneamiento Ambiental, recordó a la población que desde el año 2019 rige la ordenanza que declara a la “Capital del Agro”, como territorio libre de pirotecnia de estruendo.

 

Esa reglamentación está instrumentada mediante la ordenanza Nº 1019/19 sancionada por el HC Deliberante, en la cual se declara a la ciudad como “Territorio libre de pirotecnia de estruendo”.

 

Esta ordenanza tiene como objetivo principal la protección de la vida, la salud y el medio ambiente ya que los principales afectados son las personas con autismo, todo tipo de animales y a las personas mayores, buscando evitar además todo tipo de lesiones; oculares, quemaduras, auditivas, etcétera.

 

Esta ordenanza también contempla que los comercios locales deberán solicitar en la dirección de Bromatología, la autorización para la venta de pirotecnia de bajo impacto auditivo, pirotecnia fría, y lumínica lo cual si está permitida.

 

Para los casos en los que se transgreden las normas, el municipio sanciona con multas severas a los infractores y en algunos casos se procede al decomiso y clausura del local comercial entre 2 y 10 días.

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