La Justicia Federal de Catamarca ordenó a la ANDIS que restablezca en todo el país las pensiones
El fallo abarca la totalidad de las pensiones suspendidas o retenidas por ese organismo del gobierno nacional. Se suma a fallos similares en Santiago del Estero y Formosa.

El juez federal Nº2 de Catamarca, Guillermo Díaz Martínez, ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) que, en el plazo de veinticuatro horas restablezca la totalidad de las pensiones suspendidas y/o retenidas a los titulares de las mismas en todo el territorio nacional. La causa, que tramita como proceso colectivo, había sido iniciada por el defensor del pueblo, Dalmacio Mera.
La acción iniciada por la presidenta de la “Asociación de Personas y Familiares de discapacitados motores”, junto con el Defensor del Pueblo de Catamarca y diversos particulares se había inscripto en el Registro de Procesos Colectivos el pasado 15 de septiembre. Asimismo, se había hecho lugar a la medida cautelar para los afectados de la provincia y, también prohibido al organismo continuar con las auditorías basadas en la normativa cuestionada y disponer nuevas suspensiones hasta que se dicte una sentencia definitiva en la causa, indicó el diario El Ancasti.
Ahora, el magistrado, tras el pedido de los demandantes, extendió los efectos de la restitución de la suspensión de pensiones por invalidez a todas las personas afectadas en el país. Siguiendo la doctrina Halabi, el juez Díaz Martínez interpretó que “los derechos reclamados en el presente proceso se encuadran dentro de aquellos que recaen sobre intereses individuales homogéneos”.
Con la decisión adoptada ahora por el Juzgado Federal de Catamarca N°2, la cautelar adquirió alcance nacional. El juez dispuso que la Agencia cumpla con la restitución total y se abstenga de aplicar nuevas suspensiones o auditorías basadas en el Decreto 843/2024, “hasta tanto no recaiga sentencia definitiva”.
La resolución de la Justicia Federal de Catamarca se notificó este viernes al Secretario de Seguridad Social y Laboral, Fernando Javier Oviedo. Acciones judiciales de igual naturaleza y procurando el mismo objeto, fueron impulsadas por asociaciones civiles de personas con discapacidad siendo asistidas legalmente por las Defensorías del Pueblo de Santiago del Estero, de Catamarca, Misiones, Formosa y Tucumán.
Algunas de las razones que los jueces usaron para ordenar la devolución/restablecimiento de pensiones están vinculadas a la protección reforzada a personas con discapacidad como colectivo vulnerable; garantías constitucionales de igualdad, de no discriminación, derecho a la seguridad social.
- El carácter alimentario de las prestaciones (o de los beneficios sociales) su suspensión afecta derechos esenciales.
- Violaciones al debido proceso: suspensiones sin notificación, sin resolución administrativa fundada, sin oportunidad de defensa.
- Orden judicial: la justicia ha sido clara en que el Estado tiene que cumplir las sentencias que ordenan restituir esos beneficios. ANDIS, en varios casos, ya ha acatado.