Jueza difiere resolución en causa por robo doblemente calificado
El brutal robó sufrido por el comerciante Canllo se sigue debatiendo en los estrados judiciales.
En una maratónica audiencia que duro 7 horas aproximadamente la Jueza de Control y Garantías, Dra. Bravo Suárez, difirió su sentencia dentro del plazo de ley.
El Hecho: un comerciante de apellido Canllo fue despojado de una elevada suma de dinero, entre dólares y pesos, tras ser reducido por dos sujetos que entraron a punta de pistola en su local comercial hace poco mas de dos años.
Por ello fueron detenidos Bruno Misael Herrera del B° Mariano Moreno; Lucas Sori, del B° Siglo XIX; Gastón Maximiliano “Boga” Soria (el “cerebro”) del B° 750 Viviendas Siglo XXI, Ariel Escobar del Bº Jorge Newbery y José Miranda de la provincia de Córdoba que ya fue condenado a 8 años de prisión tras un juicio abreviado.
Recordemos que el resto de los detenidos están con prisión preventiva confirmada por la Cámara de Apelaciones.
Audiencia: En la audiencia el MPF representado por la Fiscal Eugenia Callegaris y el querellante particular Coronel Chalfón habían solicitado la requisitoria de elevación a juicio oral por el delito de robo doblemente calificado, por uso de arma y en poblado y en banda.
La defensa de los hermanos Soria, llevada por el Dr. Posse planteo oposición a la elevación, cese de prisión, cambio de calificativa a robo simple o en grado de participes secundaríos y detención domiciliaria. En indentico sentido hizo su planteo el abogado Brandán, quién representa a Bruno Herrera. Por su parte el Dr. Crespín por la defensa de Ariel Escobar no se opuso a la elevación a juicio y solicitó detención domiciliaria.
La Fiscal Callegaris refutó todos los argumentos de las defensas de manera categórica y contundente sin dejarle margen de opción a los defensores.
El abogado querellante Coronel Chalfón coincidió con el MPF e hizo hincapié que todas las cuestiones plateadas ya fueron tratadas en audiencias anteriores, las cuales fueron rechazadas y luego confirmado ese rechazo por la Cámara de Apelaciones, quién resolvió que si no hay elementos nuevos que hagan variar la situación de hecho y derecho de los detenidos podría incurrirse en dilaciones innecesarias sobre cuestiones ya planteadas y resueltas.
Luego de escuchar a las partes y tras una maratónica audiencia la jueza difirió su resolución por el plazo de ley.