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Fallo inédito obliga a administradora de planes de ahorro VW a explicar deuda e indemnizar a cliente

Es un juicio iniciado por una cliente a la que unilateralmente la administradora del plan le aplicó un diferimiento de parte de las cuotas, lo que generó una deuda exorbitante que pretendió cobrar toda junta para cancelar. Una jueza santiagueña obligó a la financiera a explicar cómo fijó esa suma millonaria, pero también a indemnizar a la damnificada. Un importante precedente.

La jueza Civil de Séptima Nominación, Susana Piga, marcó un importante precedente judicial este viernes al fallar en contra de la administradora de planes de ahorro Volkswagen, al reconocer la aplicación distorsionada de resolución de la Inspección General de Justicia que desembocó en una deuda impagable para una cliente.

 

Se trata de una docente santiagueña que en mayo de 2023 inició la demanda contra esa administradora y logró una indemnización millonaria, al quedar demostrado que la multinacional aplicó cláusulas abusivas en su contra.  Ese fallo no tiene efecto suspensivo, por lo que se tendrá que cumplir, aunque la parte condenada apele. Además, este antecedente podrá servir a otros clientes damnificados en similares circunstancias.

 

El abogado especialista en Daños y Perjuicios, Claudio Ferreyra Oddone, explicó a Librepensador la trascendencia de la decisión judicial: “La hemos recibido con mucha alegría realmente, porque resuelve la problemática de una clienta que habiendo pagado al día todas las cuotas de su plan de ahorro se dio con una última cuota con un monto exorbitante para el consumidor medio de esta provincia. Un monto impagable. Para colmo de males, la administradora de estos planes de ahorro se ha negado permanentemente a explicarle a esta consumidora cómo llega a esa cifra que pretende cobrar”.

 

Ferreyra Oddone aclaró que “este fallo no se aplica a todos los consumidores, sino solamente a la cliente que ha participado en este juicio. Que la gente no se confunda”. Pero remarcó que “la fuerza de los argumentos de este fallo es de tal importancia que seguramente les va a servir a muchas personas que se encuentran en problemas similares para recurrir a la Justicia, y a muchos jueces para resolver con argumentos similares”.

 

También precisó que la problemática abordada en el juicio se refirió a consumidores que se vieron afectados durante el período de pandemia: “El aumento del valor de los automóviles ha sido tremendo y, por lo tanto, de las cuotas de los planes de ahorro. Entonces la Inspección General de Justicia (IGJ), que ya tenía experiencia en este tema, por la crisis de 2002, lanzó una serie de resoluciones donde impone a las administradoras que les ofrezcan a los consumidores diferir un porcentaje de las cuotas. Esto significa que una parte de las cuotas no las iban a pagar en ese momento, durante la pandemia, sino al final del plan. Pero la IGJ no se queda con eso, sino que les indica a las administradoras cómo recuperar esos diferimientos y, en entre otros parámetros, les dice que sería en 12 cuotas que no superaran el porcentaje de los ingresos del consumidor y que se hicieran cargo de la mitad de la deuda”.

Pero señaló que la administradora Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados en el caso de su cliente “nunca le hizo el ofrecimiento, sino que se lo impuso y esto es minar el terreno de un plan de ahorro. Porque si una cuota, de por sí, es difícil de pagar, hay que imaginarse cuando la administradora venga y quiera recuperar ese dinero. Y era una consumidora que venía pagando al día sus cuotas, no sin un gran sacrificio”.

 

“Para colmo de males –puntualizó-, ni en la etapa prejudicial ni en la judicial la administradora ha querido explicarle cómo es que llega a ese monto tremendo que pretende cobrar. Es así que sometemos la cuestión a la decisión de la Justicia y la jueza explica de forma magistral en su fallo la situación de desequilibrio entre la consumidora para con una multinacional, que la oprimió en esta relación de consumo. Y les ordena que en el plazo de 10 días para venir y explicarme como estima los montos que quiere cobrar. Y que no van a actualizar la deuda como se les ocurra ni como dice el contrato, porque eso es nulo, no lo ha podido charlar la consumidora con ellos, sino que lo impusieron”.

 

Pero la resolución también estipula que “se actualice el valor de la deuda conforme el Índice de Precios al Consumidor, desde que mi cliente adquirió el auto y hasta la última cuota”.

 

Ferreyra Oddone recalcó que “lo bueno de la sentencia es que reconoce que durante todo este tiempo la administradora ha causado una profunda angustia en esta persona que se encuentra atada a un contrato del cual no puede salir. Por eso la obliga a la administradora a pagarle $500.000 en concepto de daño moral, más intereses”.

 

“Además, le dice a la administradora que sus incumplimientos fueron de tal gravedad y seguramente hay mucha otra gente en esta sociedad con el mismo problema y no tienen la posibilidad de acceder a la Justicia, como hizo esta señora, por lo tanto le impuso una multa que ronda los $4.600.000 a favor de la consumidora”.

 

El abogado remarcó que se trata de un antecedente importante por el cual fue consultado con frecuencia “y es un fallo que estábamos esperando desde hace tiempo para poder guiar a futuro a otros consumidores y otros colegas que me han tocado el tema”.

 

Ferreyra Oddone agregó que en juicio se realizó una pericia contable “donde hemos demostrado que cuando la consumidora inició con su plan de ahorro, a fines de 2017, el auto valía $230.000 y, al terminar el plan de ahorro, a principios de febrero de 2023, costaba $4.600.000, más o menos. Es decir que, según lo dice la perito, ha experimentado un aumento de casi 1.900%. Un dato muy importante que también surge de la pericia es que estos índices de aumento no tienen correlato con ningún otro índice de la economía de nuestro país, porque la inflación acumulada durante este período ni siquiera ha llegado al 300%. Estamos hablando de una diferencia de 1.600%, es decir que aquí alguien se estuvo aprovechando de los más vulnerables que son los consumidores”.

 

“Me parece de gran importancia que este fallo pueda llegar a la gente de nuestra provincia y fuera de ella y sirva como antecedente para que sepan que hay jueces dispuestos a escucharlos y resolver esta problemática”, finalizó.

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