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De qué se trata el “nuevo RIGI” para pymes, la iniciativa del proyecto de reforma laboral

La medida busca impulsar el desarrollo productivo, mejorar la competitividad, ampliar las exportaciones y generar empleo.

El nuevo borrador de la reforma laboral incorpora un capítulo destinado a promover inversiones productivas de pequeña y mediana escala. Se trata del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una propuesta de “nuevo RIGI” pensada para estimular el ingreso de capital (nacional y extranjero) hacia actividades económicas estratégicas en las provincias.

La medida busca impulsar el desarrollo productivo, mejorar la competitividad, ampliar las exportaciones y generar empleo, a través de beneficios fiscales definidos. La inclusión del RIMI responde a un planteo de las pymes, que venían reclamando un esquema equivalente al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), ya vigente para proyectos de mayor escala.

Cómo funcionará el nuevo régimen RIMI de inversiones

El RIMI será aplicable a empresas constituidas o habilitadas en la Argentina que decidan realizar nuevas inversiones durante los dos primeros años desde la entrada en vigencia de la ley. Esos desembolsos deberán destinarse a la adquisición o fabricación de bienes muebles nuevos —no automóviles— o a la ejecución de obras destinadas directamente a procesos productivos.

El régimen excluye las inversiones financieras, de cartera o la compra de bienes para reventa. De esta manera, el programa se concentra únicamente en proyectos que tengan impacto real en la actividad económica.

La autoridad de aplicación será la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que podrá requerir informes técnicos a otros organismos para validar la pertinencia de los proyectos y determinar los beneficios fiscales correspondientes.

Requisitos y umbrales de inversión

Los montos mínimos exigidos para ingresar al RIMI serán variables, dependiendo del tamaño de la empresa. Las micro, pequeñas y medianas firmas deberán alcanzar niveles de inversión crecientes, mientras que los grandes emprendimientos tendrán un umbral más elevado, según destaca el borrador. Sin embargo, aún se desconoce a partir de qué monto se podrá entrar al programa.

El régimen prevé además una categoría especial sin monto mínimo para inversiones vinculadas a insumos productivos agrícolas y energéticos estratégicos, como sistemas de riego, equipamiento de eficiencia energética, mallas antigranizo y animales productivos. En todos los casos, las metas deberán cumplirse dentro de los dos primeros ejercicios fiscales posteriores a la puesta en marcha del programa.

Los beneficiarios podrán optar por el régimen habitual del Impuesto a las Ganancias o por un esquema de amortización acelerada, que permite deducir la inversión con mayor rapidez y reducir la carga tributaria durante los primeros años del proyecto.

Las inversiones en bienes muebles podrán amortizarse en dos cuotas iguales; las obras, en cuotas proporcionales a una vida útil reducida; y en el caso de equipos de riego o mallas antigranizo, la deducción será inmediata. Los créditos fiscales de IVA asociados a estas adquisiciones podrán solicitarse para devolución anticipada luego de tres períodos fiscales desde la compra.

El Ministerio de Economía y la ARCA establecerán un cupo presupuestario anual para la devolución de estos créditos, con el fin de limitar el impacto fiscal.

Asimismo, no podrán acceder proyectos que ya reciban beneficios del RIGI u otros programas similares. Si durante el período de vigencia del RIMI una empresa pierde las condiciones exigidas, deberá reintegrar los beneficios fiscales percibidos, incluyendo el IVA devuelto y las deducciones de Ganancias, con los intereses correspondientes. La ARCA podrá aplicar sanciones adicionales.

Los bienes comprados bajo el RIMI deberán permanecer en la empresa durante al menos dos ejercicios fiscales. Si se venden antes de ese plazo, la firma perderá los beneficios, con excepciones en casos de fuerza mayor, destrucción o reemplazo por bienes de igual o mayor valor.

Fuente: Ámbito.

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