AFIP derogó una normativa de 1998 y elimina trámites para comercializar yerba mate
La medida se enmarca en un proceso de reducción de la carga administrativa para los contribuyentes y sectores productivo.
Como parte de las medidas adoptadas por el Gobierno nacional para fomentar la producción y el comercio, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) introdujo cambios significativos en la regulación de la cadena de comercialización de la yerba mate. A través de la Resolución General 5555/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, la AFIP derogó un conjunto de normativas que databan de 1998 y que imponían obligaciones documentales para el traslado e industrialización de este cultivo.
El objetivo central de esta medida es alinear la normativa de la AFIP con el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que introdujo una modernización en el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM). Según el comunicado oficial, la intención del gobierno es “agilizar las gestiones necesarias para la actividad y así reducir costos innecesarios de los distintos eslabones que conforman esa cadena”. Esta derogación normativa se inscribe en un esfuerzo más amplio de simplificación administrativa que busca disminuir la carga burocrática y los costos para los sectores productivos.
Una de las principales modificaciones que introduce la Resolución General 5555/2024 es la eliminación de la obligatoriedad de emitir la “Hoja de ruta yerbatera”, un comprobante que hasta ahora era indispensable para el transporte y la industrialización de la yerba mate. Este documento había sido un requisito central para los productores y comerciantes de yerba mate, quienes debían emitirlo y mantenerlo al día como parte de un sistema de control que data de hace más de dos décadas.