Elecciones Municipales en Santiago del Estero: qué pasa si no vas a votar este domingo y cuáles son las sanciones
El sufragio es obligatorio para la mayoría de los ciudadanos empadronados. Quiénes quedan exentos, cómo justificar la ausencia y las consecuencias administrativas para los infractores.

Este domingo 2 de agosto, los municipios de Santiago del Estero acuden a las urnas para elegir intendentes y concejales. Al tratarse de un derecho y un deber establecido por el Régimen Electoral Provincial y las ordenanzas municipales, el ejercicio del voto es carácter obligatorio para todos los electores figurantes en el padrón electoral.
Ante este escenario, surgen dudas sobre las consecuencias de no acudir a votar, el monto de las sanciones y los pasos para justificar la inasistencia.
¿Quiénes quedan exentos de la obligación de votar?
La legislación electoral contempla excepciones específicas en las cuales el ciudadano no recibe sanciones ni entra en el Registro de Infractores:
- Mayores de 70 años y jóvenes de 16 y 17 años: El voto para estos rangos etarios es optativo.
- Distancia geográfica: Quienes el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar (debiendo certificar esa distancia ante la autoridad policial más cercana).
- Motivos de salud: Personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor, acreditadas mediante certificado expedido por médicos del servicio de salud pública o profesionales de la policía.
- Personal de servicios esenciales: Empleados y organismos que por motivos de trabajo deban prestar funciones durante el desarrollo de los comicios.
¿Cuáles son las sanciones por no votar y no justificar?
Aquel elector de entre 18 y 70 años que no emita su voto y no realice el trámite de justificación dentro del plazo legal entra en la categoría de infractor, lo que acarrea las siguientes consecuencias:
- Sanción económica (Multa): Se aplica una multa pecuniaria establecida por el Tribunal Electoral.
- Inhabilitación para trámites públicos: El infractor que no abone la multa correspondiente puede quedar imposibilitado de realizar gestiones, trámites o solicitudes de documentación ante organismos estatales (provinciales y municipales) durante el período de un año.
- Imposibilidad de asumir cargos públicos: Quienes no regularicen su situación no podrán ser designados para desempeñarse en funciones o empleos públicos durante tres años.
¿Cómo y dónde se justifica la ausencia?
Los ciudadanos que no hayan podido acudir a las urnas cuentan con un plazo de 60 días corridos posteriores a la elección para presentar la documentación correspondiente ante la Justicia Electoral.
El trámite puede realizarse de forma presencial ante el Tribunal Electoral Provincial/Municipal o a través de los canales digitales habilitados, adjuntando la certificación médica, el comprobante policial de distancia o la constancia de extravío de documento.



