ARCA habilitó la recategorización del monotributo: hay plazo hasta el 5 de agosto

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ya habilitó la recategorización del monotributo con las nuevas escalas actualizadas. Los contribuyentes que deban modificar su categoría tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para realizar el trámite sin sanciones.
Las nuevas escalas, que contemplan un aumento del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales, comenzarán a regir desde el 1 de agosto y se reflejarán en el pago con vencimiento el 20 de agosto.
Quiénes deben recategorizarse
El trámite es obligatorio para los monotributistas cuyos ingresos, alquileres, consumo eléctrico o superficie afectada a la actividad hayan cambiado durante los últimos doce meses y ya no se correspondan con la categoría actual.
En cambio, no deberán realizar la recategorización quienes mantengan los mismos parámetros o lleven menos de seis meses inscriptos en el régimen.
Además, ARCA mantiene disponible la recategorización simplificada para aquellos contribuyentes que facturan exclusivamente mediante comprobantes electrónicos y cuentan con un año completo dentro del monotributo.
Cómo realizar el trámite
Para completar la recategorización es necesario:
- Ingresar al portal de ARCA con CUIT y Clave Fiscal.
- Acceder al servicio Monotributo.
- Seleccionar la opción “Recategorizarme”.
- Verificar la información registrada.
- Actualizar los datos si corresponde.
- Confirmar la operación y descargar el formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.
Nuevos topes de facturación
Con la actualización, los ingresos máximos anuales quedaron establecidos de la siguiente manera:
- Categoría A: hasta $12.009.410,45.
- Categoría B: hasta $17.595.182,74.
- Categoría C: hasta $24.670.494,31.
- Categoría D: hasta $30.628.651,43.
- Categoría E: hasta $36.028.231,33.
- Categoría F: hasta $45.151.659,41.
- Categoría G: hasta $53.995.798,87.
- Categoría H: hasta $81.924.660,37.
- Categoría I: hasta $91.699.761,90.
- Categoría J: hasta $105.012.519,20.
- Categoría K: hasta $126.610.838,75.
Cuánto se pagará desde agosto
Las cuotas mensuales también aumentarán. La categoría A abonará $49.527,18, mientras que la categoría K tendrá una cuota de $1.614.446,04 para prestaciones de servicios y $702.103,24 para venta de bienes. El resto de las categorías tendrá incrementos proporcionales según la actualización oficial.
Qué pasa si no hacés la recategorización
ARCA recordó que puede recategorizar de oficio a quienes presenten inconsistencias entre la categoría declarada y la información fiscal disponible, como movimientos bancarios, compras o gastos incompatibles con los límites permitidos.
En esos casos, el organismo notificará la decisión a través del Domicilio Fiscal Electrónico y el contribuyente podrá presentar un descargo mediante el servicio Presentaciones Digitales, dentro de los plazos establecidos.
Los monotributistas alcanzados deberán completar el trámite antes del 5 de agosto para adecuar su situación fiscal y comenzar a abonar las nuevas cuotas desde el vencimiento del 20 de agosto.



