Economía y Finanzas

ARCA habilitó la recategorización del monotributo: hay plazo hasta el 5 de agosto

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ya habilitó la recategorización del monotributo con las nuevas escalas actualizadas. Los contribuyentes que deban modificar su categoría tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para realizar el trámite sin sanciones.

Las nuevas escalas, que contemplan un aumento del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales, comenzarán a regir desde el 1 de agosto y se reflejarán en el pago con vencimiento el 20 de agosto.

Quiénes deben recategorizarse

El trámite es obligatorio para los monotributistas cuyos ingresos, alquileres, consumo eléctrico o superficie afectada a la actividad hayan cambiado durante los últimos doce meses y ya no se correspondan con la categoría actual.

En cambio, no deberán realizar la recategorización quienes mantengan los mismos parámetros o lleven menos de seis meses inscriptos en el régimen.

Además, ARCA mantiene disponible la recategorización simplificada para aquellos contribuyentes que facturan exclusivamente mediante comprobantes electrónicos y cuentan con un año completo dentro del monotributo.

Cómo realizar el trámite

Para completar la recategorización es necesario:

  • Ingresar al portal de ARCA con CUIT y Clave Fiscal.
  • Acceder al servicio Monotributo.
  • Seleccionar la opción “Recategorizarme”.
  • Verificar la información registrada.
  • Actualizar los datos si corresponde.
  • Confirmar la operación y descargar el formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.

Nuevos topes de facturación

Con la actualización, los ingresos máximos anuales quedaron establecidos de la siguiente manera:

  • Categoría A: hasta $12.009.410,45.
  • Categoría B: hasta $17.595.182,74.
  • Categoría C: hasta $24.670.494,31.
  • Categoría D: hasta $30.628.651,43.
  • Categoría E: hasta $36.028.231,33.
  • Categoría F: hasta $45.151.659,41.
  • Categoría G: hasta $53.995.798,87.
  • Categoría H: hasta $81.924.660,37.
  • Categoría I: hasta $91.699.761,90.
  • Categoría J: hasta $105.012.519,20.
  • Categoría K: hasta $126.610.838,75.

Cuánto se pagará desde agosto

Las cuotas mensuales también aumentarán. La categoría A abonará $49.527,18, mientras que la categoría K tendrá una cuota de $1.614.446,04 para prestaciones de servicios y $702.103,24 para venta de bienes. El resto de las categorías tendrá incrementos proporcionales según la actualización oficial.

Qué pasa si no hacés la recategorización

ARCA recordó que puede recategorizar de oficio a quienes presenten inconsistencias entre la categoría declarada y la información fiscal disponible, como movimientos bancarios, compras o gastos incompatibles con los límites permitidos.

En esos casos, el organismo notificará la decisión a través del Domicilio Fiscal Electrónico y el contribuyente podrá presentar un descargo mediante el servicio Presentaciones Digitales, dentro de los plazos establecidos.

Los monotributistas alcanzados deberán completar el trámite antes del 5 de agosto para adecuar su situación fiscal y comenzar a abonar las nuevas cuotas desde el vencimiento del 20 de agosto.

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