La Legislatura adhirió a la ley nacional de Reiterancia
Esto implica que aquellas personas se encuentran investigadas por delitos, y cometan nuevos hechos, podrán ser detenidas preventivamente.

La Cámara de Diputados aprobó este martes la ley 7403 de Reiterancia Delictiva, que implica que aquellas personas se encuentran investigadas por delitos, y cometan nuevos hechos, podrán ser detenidas preventivamente.
La reiterancia debe ser entendida como la “comisión de nuevos hechos o conductas reprochadas por el sistema Penal vigente mientras ese mismo individuo se encuentra investigado en otro proceso anterior similar”. Esta circunstancia representa un riesgo cierto para la seguridad y tranquilidad pública, afectando la confianza de la ciudadanía en el sistema de justicia y generando un evidente quebranto al orden jurídico.
La reiterancia es distinta a la conocida reincidencia. Reiterancia se refiere a cuando una misma persona comete varios delitos, pero sin que exista aún una condena firme anterior; en tanto es Reincidencia cuando una persona ya fue condenada por un delito, cumplió la pena o fue declarada culpable, y vuelve a cometer otro delito doloso.
Según se informa en el comunicado oficial el gobierno de la provincia busca con esta ley brindar herramientas normativas claras a los magistrados y operadores del sistema judicial que les permitan actuar con mayor eficacia jurídica para contrarrestar lo que vulgarmente se denomina “puerta giratoria” a través de la que, aquella persona que reincide en la comisión de conductas ilícitas,- con penas que permiten su excarcelación- continúen en libertad el proceso.
A tal efecto, se establece que la reiterancia constituirá una presunción fundada de riesgo procesal para la procedencia de la prisión preventiva, en los términos previstos por el Código Procesal Penal de la Provincia, sin perjuicio de los demás requisitos exigidos por la normativa vigente.
“La concurrencia de dicha circunstancia deberá ser obligatoriamente valorada por el juez interviniente mediante resolución debidamente fundada, asegurando en todo momento el respeto al principio de proporcionalidad, al derecho de defensa y a las garantías consagradas por el ordenamiento constitucional y convencional”, se indica.
“Esta ley parte del reconocimiento que la seguridad física y patrimonial de los ciudadanos constituye una de las preocupaciones del gobierno provincial y que, en los últimos tiempos, ha sido evidente el incremento de delitos cometidos por personas que cuentan con antecedentes penales recientes o procesos judiciales pendientes, que pone en evidencia la necesidad de establecer una regulación clara y eficaz sobre la reiterancia delictiva”.
En los argumentos de la ley, también se señala que “resulta innegable que la creciente sensación de inseguridad encuentra correlato en un contexto económico nacional signado por medidas de ajuste de carácter regresivo que han afectado de manera directa la cohesión social, incrementando la conflictividad, la fragmentación comunitaria y la percepción de vulnerabilidad ciudadana. En este marco, la obligación del Estado de prevenir el delito no solo constituye un principio fundamental del Derecho, sino que además integra el núcleo esencial de las funciones estatales en toda sociedad democrática, en resguardo de los derechos y libertades de la población”.