El Gobierno oficializó la suba de retenciones para soja y maíz a partir de julio
El campo podría no reaccionar de la mejor manera ante las medidas del Gobierno.

El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de marzo de 2026 la aplicación de derechos de exportación reducidos para productos agroindustriales e industriales estratégicos, en el marco del Decreto 439/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial, que extiende los beneficios fiscales establecidos originalmente en el Decreto 38/2025.
La medida alcanza a un conjunto de mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Entre los productos beneficiados se encuentran los derivados del trigo y la cebada, cuya reducción de alícuotas fue especialmente destacada por la Cámara de la Industria Aceitera y el Centro de Exportadores de Cereales (CIARA-CEC), que celebraron la decisión del Poder Ejecutivo.
“Este es el camino correcto para eliminar distorsiones y alentar la producción”, afirmó CIARA-CEC, al tiempo que reiteró su pedido por una eliminación total de los derechos de exportación (DEX) y una baja progresiva en los tributos aplicables a la soja y sus derivados, principal fuente de generación de divisas para el país.
El Decreto 38/2025, en el que se basa la prórroga, había fijado una alícuota del 0% para una serie de productos terminados, bienes regionales y reducciones temporales para otros bienes agroindustriales e insumos básicos industriales, productos lácteos y manufacturas con valor agregado, vigentes hasta el 30 de junio. Con la nueva disposición, estos beneficios se extenderán hasta fines del primer trimestre de 2026.
Según el Gobierno, la medida apunta a consolidar la recuperación del sector agroexportador y enfrentar el impacto negativo de factores climáticos y la caída de precios internacionales. En 2024, las exportaciones agroindustriales representaron más del 60% del total y crecieron en valor un 25% interanual.
Las alícuotas reducidas se mantendrán únicamente para los exportadores que liquiden al menos el 90% de las divisas obtenidas dentro de los 30 días hábiles de efectuada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), y el tratamiento diferencial será aplicable solo a operaciones registradas entre el 1° de julio de 2025 y el 31 de marzo de 2026.
El decreto fue firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo.